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LA MISIÓN del programa de Protección
y Defensoría para los Beneficiarios del Seguro
Social (PABSS, por sus siglas en inglés) de University
Legal Services (ULS, por sus siglas en inglés)
es garantizar que las personas con discapacidades reciban
todos los derechos y beneficios que les otorga la Constitución
y las leyes locales y federales. Entre dichos derechos
se encuentran los derechos a la autodeterminación,
a la seguridad, al debido proceso, al desarrollo físico,
emocional e intelectual, y a ser incluido en la vida
comunitaria con las oportunidades y elecciones que dichos
derechos implican.
Las siguientes prioridades y objetivos reflejan el
compromiso de ULS de eliminar las barreras a la obtención,
mantenimiento o recuperación de empleo provechoso
para los beneficiarios del Seguro por Discapacidad del
Seguro Social (SSDI, por sus siglas en inglés)
e Ingresos Suplementarios de Seguridad (SSI, por sus
siglas en inglés).
1. Asistir a beneficiarios con litigios con la Administración
del Seguro Social (SSA, por sus siglas en inglés)
que involucran decisiones sobre beneficios relacionados
con el trabajo que constituyen claramente una barrera
para la obtención, mantenimiento o recuperación
de un empleo provechoso.
a. El defensoría a favor de la aplicación
correcta de los programas de incentivo laboral relacionados
con SSI y SSDI, entre ellos períodos de trabajo
a prueba (TWP, por sus siglas en inglés), períodos
prolongados de elegibilidad (EPE, por sus siglas en
inglés), gastos laborales relacionados con las
dificultades (IRWE, por sus siglas en inglés),
Plan para Lograr la Independencia Financiera (PASS,
por sus siglas en ingles), la cobertura continua de
Medicaid y otros programas que pueden contribuir al
empleo.
b. Asistir a los beneficiarios en disputas por sobrepagos
relacionados con SSA que dificultan la capacidad de
los beneficiarios de obtener, mantener o recuperar el
empleo.
2. El defensoría contra la discriminación
laboral que actúa como una barrera para el trabajo
para los beneficiarios de SSI y SSDI a través
de la representación directa, el alcance comunitario
y la educación, y la resolución alternativa
de litigios.
3. Asistir a los beneficiarios para obtener acceso
a oportunidades significativas para prepararse para
el empleo que sea consistente con sus intereses, preferencias
y capacidades.
a. Proporcionar asistencia técnica a los proveedores
de Red de Empleo que participan en el Programa “Ticket
to Work” sobre los derechos, servicios y apoyos
para las personas con discapacidades.
b. El defensoría a favor del acceso a programas
relacionados con el empleo financiados por Medicaid
que conducen al empleo competitivo con salarios competitivos.
c. Proporcionar información, derivaciones y
servicios de defensoría en relación con
servicios y apoyos que puede tener un impacto positivo
en la capacidad de un beneficiario de obtener, mantener
o retener un empleo, incluyendo de forma enunciativa
y no limitativa, servicios de transporte, asistentes
de atención personal, servicio de guardería
infantil, tecnología de asistencia y atención
médica.
4. Llevar a cabo alcance comunitario y proporcionar
educación y capacitación a beneficiarios
del Seguro Social, agencias gubernamentales, empleadores
y educadores, y proveedores de servicios de transición
para proporcionarles información sobre la disponibilidad
de incentivos laborales y programas de empleo tanto
en el sector público como en el privado.
5. Investigar y evaluar las quejas sobre servicios
inapropiados o inadecuados proporcionados a beneficiarios
con discapacidades por parte de proveedores de servicios,
empleadores u otras entidades que participan en las
iniciativas para el regreso al trabajo.
CRITERIOS PARA LA SELECCIÓN DE CASOS
ULS acepta casos de beneficiarios del Seguro Social
que son residentes del Distrito de Columbia y cuyos
reclamos están incluidos dentro de las prioridades
anteriores.
PROCEDIMIENTO DE QUEJAS
A pesar de que reconocemos que cada situación
es importante, tenga en cuenta que la aceptación
de casos depende de los recursos disponibles, entre
ellos el tiempo del personal. Si no aceptamos su caso
y desea presentar una queja, debe hacerlo por escrito
ante la Directora Ejecutiva. Los clientes actuales también
pueden presentar una queja ante la Directora Ejecutiva
sobre la calidad de la representación de ULS.
Los clientes pueden además presentar una queja
verbal ante un empleado de ULS, quien la dejará
por escrito y presentará ante la Directora Ejecutiva.
Es posible comunicarse con la Directora Ejecutiva en
la siguiente dirección:
Jane Brown, Directora Ejecutiva
University Legal Services
220 I Street, N.E., Suite 130
Washington, D.C. 20002
Teléfono (202) 547-0198
Fax (202) 547-2662
TTY (202) 547-2657
La Directora Ejecutiva responderá por escrito
a más tardar treinta (30) días a partir
de la recepción del formulario de queja de todo
cliente, cliente potencial o miembro de la comunidad
que tiene un interés en la operación del
programa de protección y defensoría.
Es posible apelar mediante una queja una decisión
de la Directora Ejecutiva ante el Consejo Directivo
de ULD dentro de diez (10) días de la decisión
por escrito de la Directora Ejecutiva. La decisión
del Consejo Directivo de ULS será final y no
estará sujeta a apelaciones o revisiones adicionales.
Se mantendrá la confidencialidad de los clientes.
La Directora Ejecutiva informará de las quejas
al Consejo Directivo de forma anual.
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